
Medicación durante la cuarentena
Acceso a medicación durante la cuarentena
Durante el período de aislamiento social preventivo y obligatorio, los beneficiarios de OSCTCP podrán acceder a la medicación prescrita por el profesional asistente mediante “Receta Virtuales” según lo establecido en la Resol. 696/2020 del Ministerio de Salud. Allí se autorizan en carácter excepcional las prescripciones de medicamentos bajo receta, (excluidos los estupefacientes / psicotrópicos) recepcionados con formato virtual, en mensaje de texto o mensaje a través de aplicaciones vía web, email o fax y mientras se mantenga la cuarentena obligatoria (decreto 297/2020 de MNS).
Los beneficiarios deberán solicitar a los centros asistenciales o a los profesionales asistentes la medicación que consumen regularmente.
Las recetas virtuales deberán cumplir las siguientes condiciones de prescripción:
- Foto / imagen de la receta con membrete del centro asistencial o del profesional prescriptor.
- Indicación de medicamentos por nombre genérico con o sin recomendación de uso (nombre registrado)
- Firma de puño y letra o digital, sello con apellido y nombre Nro. de Matrícula legible del profesional prescriptor.
- Datos del paciente (apellido; nombre; Nro. DNI y/o Nro. de beneficiario).
- El profesional prescriptor debe incluir en la receta la siguiente leyenda:
“Receta emergencia COVID 19” - Debe contener la cantidad de medicación necesaria para el consumo mensual.
- Las recetas virtuales tendrán una validez temporal de 7 (siete) días contados a partir de su prescripción.
IMPORTANTE:
una vez obtenida la receta virtual, se recomienda a los beneficiarios retirar la medicación de farmacia antes del vencimiento de la misma que es de 7 (siete) días corridos y en los casos que dichas recetas requieran control y autorización de auditoría medica de Obra Social, deberán remitir las mismas de inmediato mediante la aplicación “GESTIÓN DE TRÁMITES VIRTUALES” disponible en esta página web de O.S.C.T.C.P.